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Dirección de Seguridad Eléctrica

La Dirección de Seguridad Eléctrica (DSE) del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología tiene como objetivo principal dictar los instrumentos técnicos y actos administrativos pertinentes para la implementación de la Ley N° 5668 de su Decreto Reglamentario N° 9265/18, y ejercer las facultades de verificación y control de la calidad y seguridad de los productos y servicios en las instalaciones eléctricas.

La Ley 5668 tiene por objeto garantizar la seguridad de las personas y demás seres vivos y también de bienes materiales, velando por la seguridad y confiabilidad de las instalaciones eléctricas. Se busca disminuir los focos de incendio y muertes por choques eléctricos, ante condiciones atribuibles a la calidad de las instalaciones y de los productos eléctricos utilizados en las mismas.

Boletines informativos

Situación de la certificación de electricistas (pdf)

Situación de la certificación de productos (pdf)


Resoluciones del ámbito eléctrico


Res. Nro. 001/2019 _ Por la cual establece requerimientos generales para la habilitación de locales y organizaciones para seminarios de la Norma NP 2 028 96 “Instalaciones Eléctricas en Baja Tensión” (pdf)
Res Nro.: 002/2019 _ Por la cual se establece el registro Nacional de electricistas Profesionales y se Reglamenta el procedimiento para la obtención de la matrícula.(pdf)
Res Nro. 001/2021 _ Por lo cual se establece la conformación del Comité de reglamentación de Productos eléctricos de la Dirección de Seguridad Eléctrica.(pdf)
Res Nro.: 002/2021 _ Por la cual Reglamenta la Certificación de Técnicos y Profesionales Electricistas.(pdf)
Res Nro.: 003/2022 _ Por la cual se establecen los requisitos mínimos del Laboratorio para Evaluación Practicas de Competencia del Técnico y Profesional electricista.(pdf)
Res Nro.: 143/2023 _ GUIA DE INSPECCION DE INSTALACIONES ELECTRICAS EN BAJA TENSION
Res Nro.: 188/2023 _ DISPOSICIONES TRANSITORIAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS INSPECCIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN

Resolución INTN N° 354-2023_Requisitos habilitación cumplimiento de la ley 5668-2026 de Instalaciones Eléctricas


Otros documentos importantes


Ley 5668/16 (pdf)
Decreto 9265/18



Listado - Matricula INTN de Electricistas Certificados

Listado - Matricula INTN de Inspectores de Instalaciones Eléctricas

Guía de Inspección de Instalaciones Eléctricas en Baja Tensión

Registro y Habilitación de Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC)

  • 1. Tipos de Organismos de Evaluación de la Conformidad con habilitación INTN
  • - Organismos de Certificación de Productos Eléctricos.
  • - Organismos de Certificación de Personas.

    - Organismos de Inspección.

    - Laboratorios de Ensayo de Productos Eléctricos.

    2. Requisitos Documentales

    a. Copia autenticada de la cédula de identidad del representante legal del OEC.

    b. Copia autenticada del Acta de Constitución del OEC.

    c. Certificado de Acreditación del OEC emitido por el ONA, para Organismos de Certificación Productos y/o Personas, Organismos de Inspección y también Laboratorios de Ensayos.

    d. Durante el periodo validez de la Resolución INTN N.º 188/2023, de Disposiciones Transitorias para la Inspecciones Eléctricas en BT, los Organismos de Inspección deberán presentar una Constancia de Proceso de Acreditación, emitido por el ONA, como documento respaldatorio de la implementación de la NP ISO-IEC17020.

    3. Solicitud de Registro:

    La solicitud se puede realizar descargando el Formulario de Registro de OEC (DSE-FOR-017), luego enviarlo por correo a dse@intn.gov.py, junto con los documentos correspondientes Descargue Aquí

    4. Formas de Pago:

    Vía transferencia o depósitos bancarios - Banco Nacional de Fomento

    Datos de transferencia y/o depósito:

    Denominación de la Cuenta: Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).

    Cta. Cte. N°: 438360/3

    RUC INTN: 80000638-0

    Enviar el comprobante de pago a dse@intn.gov.py

    El costo del Registro de OEC, por alcance es Gs. 70.000.-