Las puertas Cortafuego son puertas de metal, madera o vidrio que se instalan para evitar la propagación de un incendio mediante un sistema de apertura para salir con facilidad y para permitir una rápida evacuación del edificio. También se las conoce como puertas RF (Resistentes al Fuego).
La vida útil de una puerta cortafuego viene justificada en la sensibilidad de los elementos usados, que a lo largo del tiempo sufren en sus mecanismos el envejecimiento de sus componentes, su manipulación y su degradación debido al propio uso y a las condiciones ambientales que sufren.
El departamento de Seguridad Industrial del Organismo Nacional de Inspección del INTN, realiza la inspección a puertas cortafuegos, conforme a la Norma Paraguaya NP 21 039 00 que establece las condiciones exigibles para la fabricación, instalación y funcionamiento de puertas cortafuego, con sistema de cierre automático, fabricadas en madera y/o metal, en las siguientes clases: simples y dobles. Los mencionados elementos son destinados a la protección de aberturas en muros cortafuego, muros en cajas escaleras, muros divisorios entre ambientes y muros no soportantes y tabiques. Se exceptúan de la presente norma aquellos dispositivos de cierre en aberturas de edificios con actividad comercial e industrial, denominadas "Puertas de seguridad contra incendio".
Esta inspección es de vital importancia para determinar la verdadera composición de los materiales utilizados en su fabricación, y puede ser de mucha importancia para el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales de Asunción y otras ciudades, en el momento de la habilitación de los edificios y construcciones, que consideren los Municipios que deban contar con Puertas Cortafuego.
Cabe destacar que el Articulo 7 de la Ordenanza Municipal de Asunción Nº 468/2014 de Seguridad Contra Incendios, establece que los materiales para la protección contra incendios (tanto para la protección pasiva como activa) podrán estar aprobados por el INTN, si la autoridad competente considera necesario. Algunos requisitos para estas puertas también están establecidos en los artículos 267 y 268 de la misma Ordenanza.
Las determinaciones que realiza el INTN son: determinar el tipo de chapa o materiales utilizados, el tipo de aislante utilizado (lana de vidrio u otro material), tipo de barra antipático, tipo y cantidad de picaportes y bisagra, identificación y lote de fabricación, dimensiones según sean de 1 o 2 hojas, pivotes, cierrapuertas y dispositivos de apertura.
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Durante este periodo de Consulta Pública, toda persona interesada puede presentar sus objeciones u observaciones, las que deben ser enviadas por escrito a la Dirección General del INTN.
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