Algunos de los temas tratados son: la revisión de la norma para preparados complementarios: requisitos de composición esencial Observaciones en el trámite 6; anteproyecto de directrices para los alimentos terapéuticos listos para el consumo (ATLC); anteproyecto de definición del bioenriquecimiento; anteproyecto de VRN-ENT para los ácidos grasos omega 3 de cadena larga: ácido eicosapentaenoico (EPA) y ácido docosahexaenoico (DHA) y documento de debate sobre las directrices generales para el establecimiento de perfiles de nutrientes, entre otros.
Los delegados por Paraguay son la Lic. Maria Inés Ibarra del INTN y el Lic. Alberto Berairo del INAN.
Las funciones que cumple este Comité abarcan las siguientes tareas:
1. Estudiar problemas específicos concretos de nutrición que le asigne la Comisión, y asesorar a ésta sobre asuntos generales de nutrición;
2. Redactar disposiciones generales, según convenga, acerca de los aspectos nutricionales de todos los alimentos;
3. Elaborar normas, directrices o textos afines aplicables a los alimentos para regímenes especiales, en colaboración con otros Comités cuando sea necesario;
4. Examinar, enmendar si es necesario y ratificar disposiciones sobre aspectos nutricionales, propuestas para su inclusión en normas, directrices y textos afines del Codex.
El Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, es el Punto de Contacto del Codex Alimentarius en Paraguay.
El Codex fue creado en 1963 por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Actualmente tiene 188 miembros y busca contribuir, a través de sus normas, directrices y códigos de prácticas alimentarias internacionales, a la inocuidad, la calidad y la equidad en el comercio internacional de alimentos. Los consumidores pueden confiar en que los productos alimentarios que compran son inocuos y de calidad y los importadores en que los alimentos que han encargado se ajustan a sus especificaciones. El Codex es referencia mundial para las naciones, los consumidores, productores y fabricantes de alimentos, y para los organismos nacionales de control y comercio.
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